La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló el nombramiento de Pedro Arce como fiscal del estado de Nuevo León, quien fue designado para el cargo el lunes pasado por el Congreso local.
La decisión de la SCJN se dio tras declarar fundado el recurso de queja interpuesto por el gobernador de Nuevo León, Samuel García, lo que obliga a reponer el proceso de elección de un nuevo fiscal.
Samuel García presentó el recurso de queja el pasado 23 de agosto, en el que argumentó que el Congreso Local "se extralimitó al dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Corte en febrero de este año".
En la discusión, los ministros de la Sala señalaron que "el Poder Legislativo se excedió en la ejecución de la sentencia de mérito debido a que pretende reponer el procedimiento desde una etapa previa a la precisada en el fallo".
El 14 de febrero de este año, la Segunda Sala de la SCJN declaró fundada la controversia constitucional presentada por el gobernador, lo que llevó a que se ordenara la reposición del procedimiento para seleccionar al titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado.
Posteriormente, en junio de este año, la Corte otorgó un plazo de tres días hábiles para que el Congreso local informara sobre las acciones tomadas para cumplir con el fallo que mandató la reposición del procedimiento y la convocatoria para elegir al Fiscal General.
¿Por qué Samuel García impugnó el proceso de selección del fiscal general de NL?
Entre los argumentos presentados por Samuel García en su recurso, destaca la impugnación del proceso de selección del fiscal general del Estado debido a que no se solicitó una carta de no antecedentes penales a los participantes.
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Esto llevó a que la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León se viera obligada a reponer el procedimiento. García consideró que la Comisión Anticorrupción "actuó de manera indebida al modificar injustificadamente, después de iniciado el proceso de selección, uno de los requisitos que deberían reunir los aspirantes, en concreto, el de acompañar una Carta de No Antecedentes Penales que no exceda los 60 días".
La Segunda Sala subrayó que la Comisión Anticorrupción debía "con libertad de decisión, continuar con su substanciación y, en su momento, emitir la propuesta de lista final de aspirantes al cargo respectivo", para lo cual debía cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria, incluyendo la carta de no antecedentes penales.
La Sala concluyó que la modificación realizada por la Comisión Anticorrupción fue un "actuar indebido", ya que no le correspondía determinar las reglas del proceso de selección del fiscal.
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Ante este escenario, el gobernador Samuel García deberá presentar una nueva terna con cuatro candidatos para el cargo de Fiscal General del Estado de Nuevo León.