/ miércoles 20 de diciembre de 2017

INAI exige a Peña Nieto vetar la Ley de Seguridad Interior

El instituto considera prioritario cambiar el Artículo 9 de dicha ley, pues viola el sexto de la Constitución Mexicana

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) demandó al presidente Enrique Peña Nieto modificar o vetar la Ley de Seguridad Interior.

Para el instituto es prioritario cambiar el Artículo 9 de esta ley  porque considera que viola el Artículo 6 Constitucional, que establece como derecho el acceso a la información.

La dependencia argumentó que la normativa en materia de seguridad, aprobada en días pasados por el Congreso de la Unión, “no garantiza el cumplimiento del principio constitucional de máxima publicidad”.

Por el contrario, la redacción del mencionado apartado de la ley, “privilegia la reserva de información”, en lugar de “propugnar por la apertura de la información”, como estipula el Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Reconoció que si bien, el Senado de la República, sensible a la postura del Pleno, modificó la redacción original del artículo, el texto final, aprobado por las dos Cámaras, es contrario a dicho principio, ya que, “por regla general, toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y solo podrá reservarse temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño”.

En consecuencia, solicitó respetuosamente al presidente Enrique Peña Nieto que en términos del artículo 72 de la Constitución, emita observaciones al Artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior, a efecto de que se privilegie el principio de máxima publicidad.

Argumentaron que la fracción a verificar de la Ley de Seguridad Interior, no cumple con los principios de transparencia en el texto final, el cual a su letra dice: “La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”.

El pleno del INAI insistió en que el primer mandatario debe atender su llamado y realizar los respectivos cambios, para que se garantice el derecho.

Cruce de datos personales

El Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) entregar versiones públicas de los convenios que ha suscrito con la Secretarías de Gobernación y de Seguridad Pública (Segob y SSP), el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) y la Procuraduría General de la República (PGR) para la transferencia de datos personales de los ciudadanos  mexicanos que tramitan su pasaporte.

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) demandó al presidente Enrique Peña Nieto modificar o vetar la Ley de Seguridad Interior.

Para el instituto es prioritario cambiar el Artículo 9 de esta ley  porque considera que viola el Artículo 6 Constitucional, que establece como derecho el acceso a la información.

La dependencia argumentó que la normativa en materia de seguridad, aprobada en días pasados por el Congreso de la Unión, “no garantiza el cumplimiento del principio constitucional de máxima publicidad”.

Por el contrario, la redacción del mencionado apartado de la ley, “privilegia la reserva de información”, en lugar de “propugnar por la apertura de la información”, como estipula el Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Reconoció que si bien, el Senado de la República, sensible a la postura del Pleno, modificó la redacción original del artículo, el texto final, aprobado por las dos Cámaras, es contrario a dicho principio, ya que, “por regla general, toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y solo podrá reservarse temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño”.

En consecuencia, solicitó respetuosamente al presidente Enrique Peña Nieto que en términos del artículo 72 de la Constitución, emita observaciones al Artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior, a efecto de que se privilegie el principio de máxima publicidad.

Argumentaron que la fracción a verificar de la Ley de Seguridad Interior, no cumple con los principios de transparencia en el texto final, el cual a su letra dice: “La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”.

El pleno del INAI insistió en que el primer mandatario debe atender su llamado y realizar los respectivos cambios, para que se garantice el derecho.

Cruce de datos personales

El Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) entregar versiones públicas de los convenios que ha suscrito con la Secretarías de Gobernación y de Seguridad Pública (Segob y SSP), el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) y la Procuraduría General de la República (PGR) para la transferencia de datos personales de los ciudadanos  mexicanos que tramitan su pasaporte.

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