La diputada de Morena, Edi Margarita Soriano, anticipó que la despenalización del aborto en Morelos es uno de los temas que en breve serán presentados ante el pleno legislativo para su votación.
En entrevista, confirmó que las iniciativas de reforma que proponen despenalizar el aborto y que a lo largo de estos días han sido presentadas como en su caso, se encuentra en análisis entre los legisladores locales de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación.
Sin precisar una fecha específica, anticipó que “en breve” todos podremos conocer directamente quiénes de los 20 diputados están a favor y quiénes están en contra.
Por lo pronto, la legisladora de Morena anticipó que su voto será a favor de la despenalización del aborto al tratarse de un asunto de derechos humanos de la mujer, que al menos en su opinión no tendría por qué someterse a ninguna consulta.
Edi Margarita Soriano expresó su confianza en que la LV Legislatura consiga sumar los 14 votos que se requieren para consumar la reforma que permitiría dejar de criminalizar a las mujeres que decidieran abortar.
Rechazó de pasó que el Congreso morelense “esté llegando” tarde para abordar la despenalización del aborto, tema que ha generado las protestas de quienes pertenecen a grupos provida.
El 7 de septiembre pasado, en un hecho inédito, la Suprema Corte resolvió por unanimidad de 10 votos que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.
Así, la Corte declaró la invalidez del artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con el consentimiento de aquella, pues vulnera el derecho de la mujer y de las personas gestantes a decidir.
La Suprema Corte entendió que el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo. Sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. Por lo tanto, estableció el Pleno, criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional.
Por otra parte, la Corte extendió su decisión al artículo 198, en una porción que impedía que la mujer fuera asistida por personal sanitario en un aborto voluntario. Asimismo, extendió la invalidez a porciones del artículo 199 que criminalizaban el aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación, inseminación o implantación artificial.
Al haberse alcanzado una mayoría que supera los ocho votos, las razones de la Corte obligan a todas y todos los jueces de México; tanto federales como locales.
A partir de ahora, al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que sólo prevean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias, pues en esos supuestos la conducta se cataloga como un delito, aunque no se imponga una sanción.