Por unanimidad, el pleno de los magistrados del Tribunal Estatal Electoral (TEE) avaló los acuerdos del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) para la conformación de lo que será la LIV Legislatura de Morelos y declaró sin fundamento los reclamos de los legisladores varones para la integración de las ocho diputaciones plurinominales; “ahora tienen una enorme responsabilidad con los morelenses”, dijeron, al explicar que la paridad no aplica en contra de las mujeres.
En sus argumentos, los magistrados expusieron que no hay sustento en los reclamos emitidos por quienes acusaban incumplimiento de la paridad al momento de la asignación de diputaciones plurinominales y falta de la misma dentro de sus partidos, en esta caso por parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI), además de aludir hasta discriminación hacia los varones del actor panista.
El magistrado Carlos Puig sustentó la resolución al referir que hace tres años en la integración final del Congreso quedaron solamente seis mujeres y 24 hombres, de tal manera que había una gran disparidad.
La paridad debe darse para que la participación de las mujeres vaya aumentando, además éstas en la pasada elección votaron 50 por ciento por las mujeres, pues antes tal pareciera que mujeres no votaban por mujeres; hoy 50 por ciento de las diputaciones la ganaron las mujeres y la otra parte por varones, esto es un elemento favorable que ayuda a la participación femenina
Por lo anterior, pidió a las próximas legisladoras no desestimar esto y asumir su responsabilidad ante la ciudadanía, además de invitar a que su desempeño y su trabajo sea concreto y adecuado, puesto que éstos serán factores para que en posteriores elecciones la ciudadanía esté convencida de que también debe votar por mujeres.
En cuanto al tema, el magistrado Francisco Hurtado explicó que los agravios citados en los reclamos de los actores políticos no se sustentó la sobre representación. Es el mismo caso del Partido Encuentro Social (PES), en donde los actores reclamaban que no se aplicó correctamente la fórmula, lo cual resultó incorrecto, ya que al momento de la asignación se respetó el acuerdo que firmaron las fuerzas políticas.
La fracción panista pedía respeto al principio de paridad de género e incluso citó que hubo discriminación al hombre; sin embargo, las listas de los registros de los partidos confirman que todo fue con apego a plenitud. En tanto, en las jurisprudencias de la SCJN se menciona que no se pueden aplicar los criterios de la paridad en contra de las mujeres.
Luego de emitir sus opiniones, los magistrados concluyeron que se ratifica la validez de la elección de diputados del Congreso del Estado, que tuvo verificativo el 1 de julio de 2018, respecto al cómputo total de la asignación de diputados al Congreso Local por el principio de representación proporcional, así como a la entrega de las constancias respectivas.
FIRME, MELISSA TORRES
Mención aparte merece la ratificación de la diputada perredista Melissa Torres, quién había sido impugnada por Morena en un tema de ilegibilidad; no obstante, los magistrados consideraron que las pruebas ofrecidas no acreditan que la residencia de la diputada electa sea en el Estado de México, por lo que al no probar el alegato correspondiente “debe considerarse la garantía de la presunción de validez de la constancia de residencia expedida a favor de Melissa Torres Sandoval, por lo que se acreditó cumplir con el requisito de elegibilidad y de residencia efectiva de tres años anteriores a la fecha al momento de su registro como candidata a diputada plurinominal postulada por el PSD”.