/ jueves 11 de marzo de 2021

[Nosotras] El sexo bajo consentimiento

Muchas personas sufren abuso sexual durante años sin saberlo; dan cárcel de 25 a 30 años para los agresores

Elena no sabía que tener relaciones sexuales con su esposo sin su consentimiento era un delito, por muchos años tuvo que aguantarse hasta que un día le causó tanto dolor que tuvo que acudir al médico, tomando así la vida y la de sus hijos un gran giro, poniendo un basta de algo que parecía “normal”, ya que en su matrimonio tenía que haber “intimidad”.

En el artículo 152 del Código Penal en el estado de Morelos señala que el delito de violación es el que se comete cuando “por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de veinte a veinticinco años. Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo. También comete el delito de violación la persona que utilizando la violencia física o moral penetre con uno o más dedos por vía vaginal o anal al sujeto pasivo”.

Hasta 25 o 30 años si el delito se comete entre dos o más personas, además de otros supuestos que aumentan los años de cárcel como si existe un parentesco, si el agresor tiene alguna autoridad hacia la víctima, si ésta es menor de edad, entre muchos otros.

También se considera en el Código Penal en el estado de Morelos considera en su Artículo 161, Capítulo V, que se considera un delito de abuso sexual cuando “al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto erótico sexual o la haga ejecutarlo, se le impondrá de tres a cinco años de prisión”.

En Morelos también desde abril pasado se reformó el Código Penal para eliminar el artículo 100 bis que elimina la prescripción de los delitos psicosexuales en contra de las niñas, niños y adolescentes.

Es la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales es la que se hace cargo de las denuncias, misma que pertenece a la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJEM), y la cual desde el 27 de mayo de 2015 cuenta con un “Protocolo del Ministerio Público para la Investigación de Delitos Sexuales con Perspectiva de Género”.


Centros de Atención

FGJEM en Boulevard Apatlaco número 165, Campo del Rayo, en el municipio de Temixco, el cual está abierto las 24 horas del día; el teléfono es 7773291500

Centro de Justicia para Mujeres con atención las 24 horas, ubicado en el municipio de Cuernavaca sobre avenida Morelos número 70, colonia Chipitlán; Colonia Chipitlán, teléfonos 318-87-53 y 310-24-06, con número celular y WathsApp 777-257-77-39 para orientación jurídica y 777-222-4822 para orientación psicológica

En Yautepec el centro se ubica en Manzana 26 de la lotificación de la Colonia Corral Grande del predio “Loma Morrillo”, Carretera Yautepec-Tlayacapan, Colonia Oaxtepec, con teléfono 735-356-16-47.

En el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos localizado en calle Abasolo no. 6 esquina avenida Morelos, 3er Piso Col. Centro, Cuernavaca, Morelos: teléfonos 777173 0066.

Elena no sabía que tener relaciones sexuales con su esposo sin su consentimiento era un delito, por muchos años tuvo que aguantarse hasta que un día le causó tanto dolor que tuvo que acudir al médico, tomando así la vida y la de sus hijos un gran giro, poniendo un basta de algo que parecía “normal”, ya que en su matrimonio tenía que haber “intimidad”.

En el artículo 152 del Código Penal en el estado de Morelos señala que el delito de violación es el que se comete cuando “por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de veinte a veinticinco años. Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo. También comete el delito de violación la persona que utilizando la violencia física o moral penetre con uno o más dedos por vía vaginal o anal al sujeto pasivo”.

Hasta 25 o 30 años si el delito se comete entre dos o más personas, además de otros supuestos que aumentan los años de cárcel como si existe un parentesco, si el agresor tiene alguna autoridad hacia la víctima, si ésta es menor de edad, entre muchos otros.

También se considera en el Código Penal en el estado de Morelos considera en su Artículo 161, Capítulo V, que se considera un delito de abuso sexual cuando “al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto erótico sexual o la haga ejecutarlo, se le impondrá de tres a cinco años de prisión”.

En Morelos también desde abril pasado se reformó el Código Penal para eliminar el artículo 100 bis que elimina la prescripción de los delitos psicosexuales en contra de las niñas, niños y adolescentes.

Es la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales es la que se hace cargo de las denuncias, misma que pertenece a la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJEM), y la cual desde el 27 de mayo de 2015 cuenta con un “Protocolo del Ministerio Público para la Investigación de Delitos Sexuales con Perspectiva de Género”.


Centros de Atención

FGJEM en Boulevard Apatlaco número 165, Campo del Rayo, en el municipio de Temixco, el cual está abierto las 24 horas del día; el teléfono es 7773291500

Centro de Justicia para Mujeres con atención las 24 horas, ubicado en el municipio de Cuernavaca sobre avenida Morelos número 70, colonia Chipitlán; Colonia Chipitlán, teléfonos 318-87-53 y 310-24-06, con número celular y WathsApp 777-257-77-39 para orientación jurídica y 777-222-4822 para orientación psicológica

En Yautepec el centro se ubica en Manzana 26 de la lotificación de la Colonia Corral Grande del predio “Loma Morrillo”, Carretera Yautepec-Tlayacapan, Colonia Oaxtepec, con teléfono 735-356-16-47.

En el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos localizado en calle Abasolo no. 6 esquina avenida Morelos, 3er Piso Col. Centro, Cuernavaca, Morelos: teléfonos 777173 0066.

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