Suman 160 medios de impugnación ante el TEEM

Hasta el último corte el Tribunal Electoral del Estado de Morelos recibió 160 medios de impugnación; los partidos políticos y candidatos presentaron el mayor número de juicios

Enrique Domínguez / El Sol de Cuernavaca

  · martes 25 de junio de 2024

Fachada del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, ubicado en Jardines de Cuernavaca. / Archivo / El Sol de Cuernavaca

El Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) recibió 160 medios de impugnación hasta el último corte, de los cuales 107 controvierten los resultados municipales, 16 la gubernatura, seis la lista de diputados plurinominales y 31 corresponden a los distritales.

La magistrada presidenta, Ixel Mendoza Aragón dio a conocer que prácticamente en todos los municipios han controvertido los resultados, con excepción de Tetecala: "Con este universo de medios de impugnación es evidente que necesitamos resolverlos y analizarlos todos de manera pormenorizada".

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Mendoza Aragón explicó que la mayoría de los recursos que recibió el TEEM corresponden a los municipios, cuyos actores se duelen respecto a la fórmula que se aplicó para la asignación de las alcaldías, regidurías y síndicos, al considerar que de la lista pocos cumplen con las representaciones tanto de grupos indígenas como de la comunidad LGBTQ+.

"Del total, podemos decir que el 15 por ciento lo están presentando en cuanto a que impugnan la calidad de alguna auto adscripción dentro de un grupo de situación de vulnerabilidad asignada por el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana y que considera el recurrente que no es así. Principalmente, están impugnando la calidad de indígena y personas que pertenecen a la diversidad sexual", señaló.

Son los partidos políticos y los candidatos quienes presentaron el mayor número de juicios para la protección de los derechos político electorales; en tanto los presentados por la ciudadanía fueron un porcentaje mínimo.

"De los asuntos que llegaron se turnaron a cada una de las tres ponencias, de acuerdo a lo que señala el Código y el Reglamento con el que nos regimos. De ahí, la ponencia instructora tiene la atribución de realizar las diligencias que considere necesarias, según sea el caso, para tener debidamente integrado el expediente y así poder contar con los elementos suficientes para el dictado de alguna resolución. El proyecto que se presente será compartido a las demás ponencias para que se tome la decisión que en Derecho corresponde", puntualizó.