El hecho de que se le haya otorgado una suspensión definitiva a Graco Ramírez no significa que fue exonerado del juicio político es un procedimiento que lleva el juez para pasar a otra etapa del proceso explicó Gerardo Becerra asesor del ejecutivo estatal en materia de anticorrupción.
Un día antes, el Juzgado Cuarto de Distrito del Decimoctavo Circuito, dio a conocer que derivado de la demanda de garantías 673/2020, resolvió mantener la medida cautelar contra los actos reclamados al Congreso local, únicamente para efecto de que no se emita la resolución definitiva por el Jurado de Sentencia.
El exmandatario perredista impugnó el proceso legislativo en los artículos 9 y 16, fracción I, de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; el proceso legislativo del artículo 135, cuarto párrafo, del Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos, por el que se estableció que la mayoría calificada son 13 y no 14 votos; el proceso legislativo del artículo 4 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos; la omisión legislativa de emitir la Ley en Materia de Responsabilidad Política del Estado de Morelos y el Decreto 2193 publicado el 19 de julio de 2017; la denuncia de juicio político presentada por el Consejero Jurídico del Estado de Morelos, entre otros.
Pero a pesar de esta resolución, Gerardo Becerra advirtió; “él está en su derecho, finalmente las suspensiones definitivas no quiere decir que el juez de distrito le vaya a dar la razón, es simplemente que el juez de distrito va a entrar al fondo del asunto, pero tengo entendido que esta suspensión definitiva finalmente se tendrá que resolver en otorgarle o no el amparo”.
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