Gobierno Estatal violó los derechos de las víctimas: CDHMor

La Comisión de Derechos Humanos de Morelos emitió una recomendación dirigida al Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Ayuda Asistencia y Reparación Integral

Maritza Cuevas | El Sol de Cuernavaca

  · martes 6 de abril de 2021

Israel Hernández Cruz, presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Morelos / Archivo | El Sol de Cuernavaca / Haidee Galicia | El Sol de Cuernavaca

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHMor) determinó que gobierno del estado sí violó los derechos de las víctimas.

A través de un comunicado emitió la recomendación con número de expediente CDHM/SE/V2/061/018/2021 dirigida al Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Ayuda Asistencia y Reparación Integral, por obstaculizar el pago de medidas de ayuda, asistencia y compensación a las víctimas del Estado de Morelos.

Las y los sujetos de agravio en calidad de víctimas, se encontraban incorporados al Registro Estatal de Víctimas; una vez agotado el procedimiento respectivo, y conforme al artículo 120 fracción IX de la Ley de Víctimas del Estado de Morelos, la Comisionada Ejecutiva determinó la aprobación de recursos para medidas de ayuda, asistencia y pagos de compensación subsidiaria; siendo entonces competencia del Comité Técnico instruir a la Fiduciaria el pago correspondiente, sin que se haya dado cumplimiento a dichas determinaciones, argumentando, sin tener facultades para eso, que los expedientes tienen irregularidades, mismas que no se precisan, además de reincidir en la suspensión de las sesiones y dilatar el procedimiento sin justificación aparente. Se reconocieron violaciones a los Derechos Humanos de las Víctimas, al acceso a las medidas de ayuda, asistencia y reparación integral, así como de no ser sujeto de victimización secundaria, legalidad y seguridad jurídica, toda vez que los integrantes del Comité Técnico ha ejecutado funciones como analizar, revisar, determinar o modificar los dictámenes de medidas de ayuda, asistencia y compensación subsidiaria, facultad que le compete exclusivamente a la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos por medio de su representante y del Comité Interdisciplinario Evaluador, en el ámbito de sus competencias; constituyendo así un acto de molestia y privación sin fundamento jurídico que restringe el derecho de las víctimas a obtener medidas de ayuda, asistencia y reparación integral dictada por una autoridad judicial competente mediante sentencia firme.

Por tal razón, se recomendó al GobernadornConstitucional del Estado, en su calidad de Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado de Morelos lo siguiente:

1. Instruya a los integrantes del Comité Técnico para que se realicen las acciones respectivas para la dispersión del recurso de las medidas de ayuda, asistencia y compensación a favor de laspersonas en situación de víctimas directas e indirectas

2. Realizar las acciones para la reparación integral de los daños causados a las personas en situación de víctimas, incluyendo una compensación justa y suficiente por los actos y omisiones cometidos por el Comité Técnico, actualizando su inscripción en el Registro de Víctimas, incorporando los nuevos hechos

3. Contactar a las víctimas para que, en caso de ser su deseo, reciban la atención psicológica necesaria y gratuita

4. Como medida de satisfacción se ofrezca una disculpa pública a las víctimas través de los medios oficiales de Gobierno del Estado, reconociendo las violaciones derechos humanos cometidas

5. Que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente en contra de los servidores públicos implicados, que cuentan con voz y voto en el Comité Técnico por los actos y omisiones.

6. Instruya por escrito a los integrantes del Comité Técnico, para que en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado, se identifiquen los asuntos de otras víctimas que se encuentren en la misma situación y se realicen las acciones necesarias para evitar la consumación de violaciones a derechos humanos.

7. Se defina el calendario de Sesiones 2021 del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado de Morelos, o en su defecto se dé cumplimento a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso Público de Administración e Inversión

Suscríbete a nuestro canal