Es falso que con reforma se busca proteger al Fiscal: Sánchez Zavala

El legislador negó favorecer al Fiscal y explicó que el dictamen del proyecto de decreto fue para acabar con una laguna jurídica

Jessica Arellano | El Sol de Cuernavaca

  · miércoles 6 de septiembre de 2023

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Morelos, Francisco Erik Sánchez Zavala. / Agustín Espinoza | El Sol de Cuernavaca

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Morelos, Francisco Erik Sánchez Zavala señaló que, es falso que con reforma se busca proteger al fiscal, Uriel "N".

Medios nacionales y locales cuestionaron la aprobación del dictamen del proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Orgánica para el Congreso de Morelos, y en la cual se reglamentan las ausencias de las personas titulares de los órganos constitucionales autónomos.

Señalaron que el G15 busca beneficiar al Fiscal de Morelos, quien fue reaprendido el pasado primero de septiembre al salir de Reclusorio Sur en la Ciudad de México.

Al respecto, Sánchez Zavala negó favorecer al Fiscal y explicó que se trata de una reforma que acaba con una laguna jurídica y que establece cuándo se debe considerar la ausencia definitiva y temporal de un titular.

➡️ ¿Ya recibes las noticias en WhatsApp? ¡ES GRATIS!

Señaló que con estas precisiones en la ley, se da certeza a todos los organismos autónomos.

El legislador indicó que la ausencia definitiva de los titulares de los órganos constitucionales autónomos se considera en los siguientes supuestos:

  • Cuando concluya el periodo por el que fueron designados.
  • En caso de muerte o interdicción así determinada por resolución firme e inatacable de la autoridad jurisdiccional competente.
  • Por renuncia del cargo que le fue conferido, para lo cual la persona titular integrante de que se trata deberá comparecer de manera personal ante el Secretario de Servicios Legislativos y Parlamentarios, para ratificar dicha renuncia y manifestar las razones que la motivan, quien dará cuenta de inmediato a la presidencia de la Mesa Directiva.
  • Por determinación firme e inatacable del Congreso del Estado o del Tribunal Superior de Justicia del Estado en los supuestos que prevé la Constitución Federal, la Constitución del Estado, la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos o la norma que le sustituya, según corresponda.

Únete a nuestro canal de YouTube