/ jueves 26 de noviembre de 2020

Da SCJN revés a presupuesto 2020

Las dependencias volverán a operar con los mismos recursos aprobados en 2019

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves la invalidez de la Ley de Egresos del gobierno del estado 2020, debido a que en su aprobación -por parte del Congreso del Estado- se incurrió en violaciones graves al proceso legislativo.

Esto fue derivado a la acción de inconstitucionalidad 116/2020 que promovió la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM), al demandar mayores recursos financieros, toda vez que para este año le otorgaron 15 millones de pesos, cuando, de acuerdo con el ombudsperson, Raúl Israel Hernández Cruz, requieren un presupuesto de al menos 41 millones de pesos.

Por mayoría de votos, el Pleno de ministros determinó que el presupuesto para este año fue aprobado fuera de plazo constitucional, el cual terminó el 15 de diciembre de 2019; sin embargo, los legisladores locales decidieron extenderlo hasta el 28 de enero, lo que señalaron los ministros, violó la Constitución Estatal y las normas legislativas, aunque en las mismas no se establece claramente que los parlamentarios no pueden ampliar el periodo.

No obstante, se indica la revisvicencia de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos 2019 hasta en tanto concluya el ejercicio fiscal 2020, por tanto, no se afectarán los actos jurídicos, las autorizaciones, empréstitos, transferencias, operaciones, convenios, contratos y erogaciones generados y en proceso de ejecución, ni tampoco las autorizaciones y obligaciones fiscales que surgieron al tenor del presupuesto.

Lo anterior con base en el artículo 105 de la Constitución Política que menciona que las declaratorias de validez decretadas en una acción de inconstitucionalidad, no pueden tener efectos retroactivos, salvo que sea en materia penal.

Por inexistencia del acto reclamado, los ministro determinaron sobreseer la controversia constitucional 42/2020 promovida por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) al precisar que “no habría ninguna otra posibilidad de estudiar los aspectos de fondo planteados sin prescindir de lo que se había señalado”. Y es que de igual forma, el instituto impugnó el presupuesto 2020 al haberle otorgado una menor cantidad, 549 millones 034 mil pesos, que se dividió entre el Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos, y el pago de pensiones, jubilaciones, controversias constitucionales y amparos.

Cabe mencionar que la invalidez tendrá efectos a partir del momento de su notificación tanto al Congreso como al Poder Ejecutivo estatal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves la invalidez de la Ley de Egresos del gobierno del estado 2020, debido a que en su aprobación -por parte del Congreso del Estado- se incurrió en violaciones graves al proceso legislativo.

Esto fue derivado a la acción de inconstitucionalidad 116/2020 que promovió la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM), al demandar mayores recursos financieros, toda vez que para este año le otorgaron 15 millones de pesos, cuando, de acuerdo con el ombudsperson, Raúl Israel Hernández Cruz, requieren un presupuesto de al menos 41 millones de pesos.

Por mayoría de votos, el Pleno de ministros determinó que el presupuesto para este año fue aprobado fuera de plazo constitucional, el cual terminó el 15 de diciembre de 2019; sin embargo, los legisladores locales decidieron extenderlo hasta el 28 de enero, lo que señalaron los ministros, violó la Constitución Estatal y las normas legislativas, aunque en las mismas no se establece claramente que los parlamentarios no pueden ampliar el periodo.

No obstante, se indica la revisvicencia de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos 2019 hasta en tanto concluya el ejercicio fiscal 2020, por tanto, no se afectarán los actos jurídicos, las autorizaciones, empréstitos, transferencias, operaciones, convenios, contratos y erogaciones generados y en proceso de ejecución, ni tampoco las autorizaciones y obligaciones fiscales que surgieron al tenor del presupuesto.

Lo anterior con base en el artículo 105 de la Constitución Política que menciona que las declaratorias de validez decretadas en una acción de inconstitucionalidad, no pueden tener efectos retroactivos, salvo que sea en materia penal.

Por inexistencia del acto reclamado, los ministro determinaron sobreseer la controversia constitucional 42/2020 promovida por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) al precisar que “no habría ninguna otra posibilidad de estudiar los aspectos de fondo planteados sin prescindir de lo que se había señalado”. Y es que de igual forma, el instituto impugnó el presupuesto 2020 al haberle otorgado una menor cantidad, 549 millones 034 mil pesos, que se dividió entre el Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos, y el pago de pensiones, jubilaciones, controversias constitucionales y amparos.

Cabe mencionar que la invalidez tendrá efectos a partir del momento de su notificación tanto al Congreso como al Poder Ejecutivo estatal.

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