CDHMor promueve defensa del medio ambiente

Se expone que la iniciativa se propone  tiene como único fin contribuir a garantiza y ampliar el marco de protección y defensa de los derechos humanos en materia ambiental

Jessica Arellano | El Sol de Cuernavaca

  · lunes 14 de junio de 2021

Cortesía | Archivo

Busca la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) se apruebe iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Ambiental, misma que tiene como fin contribuir a garantizar y ampliar el marco de protección u defensa de los derechos humanos en materia ambiental.

El pasado 5 de junio se celebró el Día Mundial del Medio Ambiente por tal motivo la CDHM presentó ante el Congreso del Estado presentó la iniciativa de Ley de Responsabilidad Ambiental que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial en Materia de Responsabilidad Ambiental.

Se expone que la iniciativa se propone tiene como único fin contribuir a garantiza y ampliar el marco de protección y defensa de los derechos humanos en materia ambiental, reconociendo a los elementos del ambiente como sujetos de protección.

Para lo cual se instruyen procedimientos judiciales cuya competencia será de los juzgados especializados en materia ambiental del Poder Judicial del Estado.

En el documento el presidente de la CDHM Raúl Israel Hernández Cruz, expone que el reconocimiento del Medioambiente como objeto de protección se encuentra reconocido a nivel internacional desde el año 1972, a través de la Conferencia o Cumbre de Estocolmo celebrada por las Organización de las Naciones Unidas, donde se reconoció por primera vez la importancia de proteger y cuidar el medioambiente y los recursos naturales que provee.

La ley que proponen contempla la posibilidad de que cualquier persona afectada por los daños al medioambiente pueda ejercitar la acción de responsabilidad medioambiental para pedir la reparación o remediación del ecosistema afectado con independencia del daño que en su esfera personal pueda resentir; asimismo se establece la posibilidad de que el juez pueda dictar de manera directa medidas precautorias, sin mayores requisitos que la petición de estas, con la finalidad de no generar mayores afectaciones al entorno natral y salud de las personas.


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