Avísale a tu pareja: ¡Prohibido revisar el celular!

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncia por salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas

El Sol de Cuernavaca Online

  · viernes 24 de mayo de 2019

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Un hombre imprimió 343 correos electrónicos de su esposa, y los presentó ante el juzgado para demostrar el adulterio de ella y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.

Sin embargo, el caso fue analizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien determinó:


Está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores una comunicación ajena.


De esta forma, a través de la resolución del amparo directo en Revisión 1621/2010 queda establecido que nadie puede revisar tu correo electrónico ni cualquier otro tipo de conversación privada sin autorización.



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