Exdiputados locales podrán acceder de manera anticipada a los 108 días equivalentes al total de la dieta vigente cuando acrediten una enfermedad grave.
Lo anterior, al aprobar la actual Legislatura la iniciativa que reforma la fracción XI del artículo 18 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos, con el propósito de que las personas que hayan ocupado el cargo de diputada o diputado puedan solicitar el derecho de recibir 108 días equivalentes al total de la dieta vigente en el caso de que padezcan enfermedad grave.
La propuesta fue impulsada por la diputada Dalila Morales Sandoval, del Partido Acción Nacional (PAN) señalando que actualmente han llegado al Congreso del Estado diversas solicitudes de quienes fungieron como diputados, quienes pese a no cumplir los 60 años -establecidos por ley- solicitan se les pueda dar el derecho de los 108 días equivalentes al total de la dieta vigente, aduciendo que deben de cubrir costos que están generando un decremento considerable en su economía.
Previamente la Ley Orgánica del Congreso local reconocía el derecho de quien hubiera sido parte de una anterior legislatura tendrá derecho después de los 60 años de edad a recibir, previa su solicitud, la suma de 108 días equivalente al total de la dieta vigente en la legislatura en curso, reservándose los otros 62 días restantes de esa prestación a sus beneficiaros por fallecimiento, referido derecho es en compensación al servicio brindado como diputados locales.
En su exposición de motivos, la legisladora local mencionó casos como el de Héctor Plascencia o Salazar Porcayo, este último, dijo, solicitó mediante oficio al presidente de la Mesa Directiva un adelanto de este derecho, “toda vez que en 2019 tuvo un derrame cerebral y derivado de ello requiere una atención urgente con doctores y especialistas, además de exámenes de alto costo”; este referido asunto es turnado a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la cual acuerda que se analice jurídicamente, lo cual, puntualizó, genera que repercuta en la espera y necesidad económica de quien lo solicite por causa de enfermedad grave.