En Morelos, el robo a usuarios y cuentahabientes de bancos estará tipificado en el Código Penal, así como la conducta de empleados de los mismos que avisen del retiro de dinero por parte de las víctimas, alcanzando una pena de 15 a 21 años.
Tras la aprobación de reforma al artículo 176, que modifica la fracción VI del Código Penal para el Estado, promovido a principios de año por la diputada Ana Cristina Guevara Ramírez, de Movimiento Ciudadano; informó, de enero a noviembre de 2018, más de mil personas denunciaron que fueron víctimas de robo, iniciando 987 denuncias por robo a transeúnte en vía pública y 21 denuncias por robo a instituciones bancarias.
Afirmó que en Morelos se ha incrementado sustancialmente este delito con la complicidad de cajeros en las ventanillas, quienes avisan de una u otra forma sobre los retiros realizados por los cuentahabientes de las instituciones bancarias, donde además interviene más de un delincuente.
Por lo anterior, la modificación pretende contrarrestar este tipo de comisión de delito que suele incrementarse en periodos donde los ciudadanos reciben una mayor cantidad de dinero, impactando de manera significativa en los bolsillos de los morelenses.
Específicamente, se adiciona el párrafo VI a este diverso, en el cual se establece que las sanciones por robo a una institución financiera se incrementarán hasta en una mitad cuando se realicen en contra “cualquier oficina o institución financiera en que se conservan caudales o valores, en contra de las personas que tienen aquellos bajo su cuidado o los clientes que hayan acudido a retirarlos en las mismas. En este último caso hasta que lleguen a su destino más próximo".
Además, cuando "se considere que realizaron el robo los empleados de instituciones financieras que informen a los demás autores sobre el retiro de valores por parte de la víctima”.