La noción de género ha sido objeto de profundas transformaciones en el diálogo del discurso contemporáneo sobre Derechos Humanos y autodeterminación. Durante mucho tiempo, género y sexo se consideraron términos intercambiables, dictados de manera definitiva al nacer en función de características biológicas visibles. Sin embargo, la evolución en el campo de la genética, la sociología y el Derecho ha demostrado que la realidad es mucho más compleja, abriendo un espacio para la reflexión en torno a la pregunta que intitulamos nuestro artículo: ¿a qué edad se define el género?
Desde una perspectiva estrictamente biológica, el sexo se determina al nacer en función de los cromosomas sexuales, siendo los pares XX típicos de las mujeres y los pares XY de los hombres. Este enfoque binario ha sido dominante por siglos, estableciendo categorías fijas para la identidad individual. Empero, la biología misma ofrece excepciones, como el caso de las personas intersexuales, cuya composición genética o fisiológica no encaja en estas categorías tradicionales, demostrando que incluso el sexo no es un hecho inmutable o binario.
El género, por otro lado, responde a una construcción social y cultural, que implica roles, comportamientos y expectativas atribuidas a una persona según la identidad masculina o femenina, o bien, según identidades no binarias. Esta diferenciación entre sexo y género nos permite entender que la identidad de una persona no necesariamente está alineada con las características biológicas con las que nació; sino que responde a una autodeterminación que puede ser fluida y construida a lo largo de la vida.
En diversos países, se ha comenzado a reconocer la autodeterminación del género como un Derecho Humano. En jurisdicciones como Canadá, Argentina, partes de Europa y en México, se han promulgado leyes que permiten que las personas cambien su género legal sin necesidad de someterse a intervenciones quirúrgicas o a diagnósticos médicos de disforia de género. Estas normativas avanzan hacia un reconocimiento pleno de la identidad de género como un aspecto central de la dignidad humana y de la libertad personal.
De manera particular, algunas Naciones han adoptado medidas que van más allá de lo establecido tradicionalmente, permitiendo que los padres dejen indefinido el sexo de sus hijos al nacer, hasta que estos puedan expresar su identidad de género por sí mismos. Por ejemplo, en países como Alemania, se ha implementado la posibilidad de no registrar el sexo de una persona al nacer, creando una categoría legal de género indefinido que deja en suspenso esta definición hasta que el individuo esté en capacidad de elegir desde los 14 años. Se busca proteger el derecho del niño a la autodeterminación y evitar la imposición de un género, con el que tal vez no se identifique en el futuro.
Si bien se reconoce que las personas adultas pueden autodeterminar su identidad de género, surge la pregunta de a qué edad se debería permitir que un individuo pueda decidir su género. Diversos estudios sugieren que la conciencia de la identidad de género comienza a desarrollarse en la infancia, a edades tan tempranas como los tres o cuatro años. El contexto jurídico plantea retos a la hora de definir cuándo un menor está capacitado para tomar decisiones en este sentido. Algunos países, como Suecia y España, permiten que menores de edad, con la aprobación de sus padres o tutores, puedan cambiar su género legal, mientras que otros reservan este derecho hasta que alcanzan la mayoría de edad.
Este enfoque abre un debate complejo sobre la capacidad de los menores de tomar decisiones sobre su identidad, y cómo el Estado debe equilibrar su protección frente a la libertad personal. Los derechos de la infancia, consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, obligan a los Estados a garantizar que los menores tengan voz en todas las decisiones que les afectan. El derecho a la autodeterminación de género cobra un protagonismo que, aunque controversial, se alinea con los principios de igualdad y no discriminación.
La capacidad de definir el género en un contexto jurídico representa un avance significativo en el reconocimiento de la diversidad humana. Hoy, se han creado categorías de género más allá de las tradicionales "masculino" y "femenino"; ofreciendo una tercera opción en los documentos oficiales.
El derecho a la identidad de género es un Derecho Humano. La cuestión sobre cuándo se define el género no es sólo biológica; sino fundamentalmente jurídica. El reconocimiento del derecho a la autodeterminación de género representa una expansión de los Derechos Humanos y una lucha por la inclusión.
Los avances legales en países que permiten que el sexo quede indefinido hasta que la persona pueda elegir reflejan un respeto profundo por la diversidad y una aceptación de que las identidades son complejas y variadas. El derecho a definir el propio género no solo se trata de una cuestión individual, sino de un reconocimiento colectivo de la diversidad que enriquece a nuestras sociedades.
Marco Antonio Ramírez González es profesor de Derecho Civil y Derecho Familiar de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México