/ viernes 27 de octubre de 2023

FONDEN ¿fideicomiso o programa?

México tiene una geografía que nos expone a amenazas naturales que se materializan en desastres, como ejemplos podemos identificar fácilmente:

Actividad volcánica. Se tiene documentado desde el nacimiento del Paricutín en Michoacán un 20 de febrero de 1943, hasta su inactividad el 4 de marzo de 1952;Chichón (Chichonal para los caxlanes) en Chiapas con actividad reciente en 1964, reporte de inminente erupción en septiembre de 1981 y una serie de erupciones entre marzo 28 y la final de abril 4 de 1982; y Popocatépetl que despierta a partir de 1991.

Huracanes. “Gilberto” en 1988 (c. 5); “Paulina” en 1997 (c. 4); “Ingrid” y “Manuel” 2013 (convergen del Golfo de México y del Pacífico); y “Otis” en 2023 (c. 5).

Temblores.19 de septiembre de 1985 (m. 8.1), 4 de abril de 2010 (m. 7.2); y 19 de septiembre de 2017 (m. 7.1). El segundo afecto básicamente infraestructura de comunicaciones y agrícola en la zona de Mexicali, los otros dos la Ciudad de México y varias poblaciones del centro del país (en el caso de Morelos es de notar Jojutla).

La respuesta del Estado mexicano a estos eventos y riesgos fue construir un Sistema Nacional de Protección Civilen 1986 y la Ley General de Protección Civil del 2000.

Para reparar el daño a la infraestructura y apoyar a la población afectada se instituyó en 1996 un programa presupuestario del ramo 23 denominado Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), este programa se convirtió en un fideicomiso para ser un instrumento financiero flexible que permitía el uso de recursos presupuestales de forma rápida y no sujeto a ejercicios anuales ni al techo presupuestal de los gobiernos y sus dependencias. Funcionó con reglas de operación a partir de 1999 (DOF, marzo 31 de 1999) y lineamientos específicos a partir de 2011 (DOF, enero 31 de 2011).

Tenía 3 vertientes de gasto, para prevención, reconstrucción y atención de emergencias. Y permitía la aportación económica de entidades federativas, municipios y particulares.

Para tener dinero la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria desde 2006 instruía asignar al FONDEN el 0.4% del gasto programable, autorizando se le transfirieran recursos en caso de ser necesarios (arts. 19, 34, 37 y 52).

Grafica 1: Datos Secretaría de Gobernación. / Carlos Riva Palacio       

Reformas a la legislación en 2020 extinguieron el fideicomiso FONDEN, regresando a ser programa presupuestal en ramo 23 como era en 1999. Cada año se le asigna el monto a ejercer en el presupuesto anual. La Ley de Ingresos permite gastar excedentes de ingreso y realizar transferencias de las dependencias para la atención de desastres naturales (arts. 19 y 52), y la Ley General de Protección Civil habla de instrumentos financieros de gestión de riesgos y de la asignación de recursos financieros por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (arts. 57, 58 y 62).

Grafica 2: Datos SHCP, cuenta pública, PEF 2023 y PPEF 2024. / Carlos Riva Palacio

Sin poder comparar el número de municipios beneficiados, el monto de los recursos ejercidos por el FONDEN como programa son menores.

La Cámara de Diputados está discutiendo el presupuesto de egresos 2024, pueden aprovechar las experiencias positivas del FONDEN como fideicomiso y crear nuevamente un instrumento financiero que:

Permita atender los desastres naturales y fondear acciones de reconstrucción de los espacios individuales y públicos de forma inmediata y suficiente; tomando en cuenta el adecuado ejercicio de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas.

Y tenga mecanismos de control y seguimiento que establezcan responsabilidades y eliminen la impunidad de las personas servidoras públicas y particulares que cometan hechos de corrupción en la operación del FONDEN.

Mención especial, reparar el daño causado por el huracán Otis a la población de las comunidades de Guerrero y Acapulco requiere nuestro decidido apoyo y empatía. Mi solidaridad y afecto para todas las personas damnificadas.

Cuernavaca, Morelos a 26 de octubre de 2023

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